Multa de aparcamiento, mi batalla ganada al Ayuntamiento

Por

Gracias a mi condición de abogado, y tras una larga lucha, he tenido la oportunidad de llevar hasta los tribunales contencioso administrativos la actuación ilegal de muchos controladores del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) del término municipal de Madrid, que han estado imponiendo multas sin incorporar al expediente administrativo una imagen del vehículo, ya fuera en forma de fotografía, filmación digital u otro medio tecnológico que les permitiera avalar la denuncia formulada.

Más que de una cuestión probatoria se trata de un requisito legal de obligado cumplimiento para el personal auxiliar de la Policía Municipal de la Administración, en el que se integra a los controladores del SER.

Algo que parece tan sencillo por obvio, no lo es: sin una imagen del vehículo, los controladores del SER no pueden imponer una multa en el término municipal de Madrid, pues de hacerlo estarían cometiendo una ilegalidad. Me ha costado dos años de duro procedimiento que, finalmente, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 20 de Madrid me diera la razón.

Este pronunciamiento judicial tiene una enorme relevancia, porque viene a confirmar que son ilegales todas las multas impuestas por los controladores del SER que no incorporen una imagen del vehículo al expediente-administrativo, lo que podría llegar a suponer una importante pérdida recaudatoria a nivel municipal en tanto afecta a un gran número de ciudadanos.

La clave la encontramos en un precepto escondido en la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, que a pesar de ser invocado desde el inicio del procedimiento (si bien indirectamente, solicitando a la Administración una imagen del vehículo objeto de la multa) ésta, a través de sus resoluciones, pretendió sortear su cumplimiento recurriendo insistentemente el informe de ratificación del controlador del SER en la multa impuesta como prueba legítima.

Por tanto, durante la sustanciación del procedimiento en vía administrativa he tenido que enfrentarme contra el muro de hormigón que puede llegar a ser en algunos casos la Administración, que ha hecho una defensa numantina de sus intereses, impertérrita ante todos los recursos que le iba presentando, rechazando sistemáticamente todos ellos en cada instancia, obligándome a llegar hasta la vía jurisdiccional. No esperaba la Administración que estaba dispuesto a llegar donde fuera necesario por el estricto cumplimiento de la ley.

Ha tenido que ser finalmente un órgano jurisdiccional, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, el que, tras la celebración de una vista, haya puesto freno a esta actuación ilegal en la imposición de las multas de aparcamiento cometida por los controladores del SER del Ayuntamiento de Madrid, reconociendo la obligación que tiene este personal auxiliar de la Administración de incorporar al expediente-administrativo una imagen del vehículo multado.

Esperemos que muchos ciudadanos de Madrid se vean favorecidos por este pronunciamiento y que la Administración, a partir de este fallo, empiece a cumplir con los requisitos que le exige la ley. La noticia ha tenido mucho eco, siendo publicada en la web de la Cadena Ser. Aquí podéis ver el enlace.

Alberto González Ferrer
Abogado

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

Publicar comentario