Salvador Ruiz Gallud es socio director del Área Fiscal de Equipo Económico. Licenciado en Ciencias Económicas por la Universidad Autónoma de Madrid y en Derecho por la Universidad Central de Barcelona. Es inspector de Hacienda, en excedencia, auditor oficial de Cuentas y experto en el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Fue director general de la Agencia Tributaria desde agosto de 2001 hasta abril de 2004, periodo en el que se acometió una importante mejora del sistema de gestión de los tributos, entre cuyos logros destacó el borrador de la declaración del IRPF. En la actualidad ha coordinado un libro sobre el Fraude Fiscal en España, iniciativa de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF).
Pregunta (P.): ¿Considera que hay que aumentar los impuestos para financiar las pensiones?
Respuesta (R.): El nivel de nuestras pensiones seguro que es mejorable, pero no caben soluciones cortoplacistas al margen de un gran pacto de Estado entre todos los partidos políticos. Además de las subidas impositivas, que conllevan efectos perniciosos para el crecimiento económico, deben valorarse otras posibilidades, como la reducción de partidas de gasto mejorando el funcionamiento de la Administración pública.
P.: ¿Conseguiría un impuesto a la banca solucionar el problema de las pensiones? ¿Qué efectos tendría?
R.: El problema de las pensiones es estructural y de mucho importe, y su solución no puede venir de un impuesto. Además, el impuesto que cita tiene escasa capacidad recaudatoria y provoca distorsiones que explican que todavía no se haya implantado. Se trataría de gravar, por ejemplo, las transferencias bancarias o las compras de valores. El impuesto se podría trasladar a los clientes de los bancos, o hacer menos atractivas operaciones intermediadas por bancos, facilitando en ciertos casos la falta de control administrativo de algunas transacciones. No se puede hacer demagogia diciendo que subiendo los impuestos se recauda más y no pasa nada.
P.: ¿Es el momento de hacer una reforma fiscal o simples retoques en algunas figuras tributarias? ¿Cuáles serían?
R.: Desde luego que no es el momento de asumir una nueva reforma, con la última recién estrenada hace sólo tres años, tras mucho tiempo de análisis previo. Una queja recurrente entre los fiscalistas es la falta de seguridad jurídica, que en parte tiene que ver con los constantes cambios en la normativa tributaria. Y menos aún puede acometerse una reforma seria en una situación política de transitoriedad, ya sabe usted eso de que en tiempos de tribulación no hay que hacer mudanza.
P.: ¿Es más urgente reformar la financiación autonómica o la local?
R.: Es patente la necesidad de ordenar desde el Estado la fiscalidad autonómica y local, afectada por una pléyade de figuras tributarias descoordinadas, muchas de finalidad sólo recaudatoria. Son tributos que fragmentan el mercado, elevan los costes de cumplimiento fiscal y ahuyentan a los inversores nacionales y extranjeros. Quizá las figuras autonómicas de contenido medioambiental sean las más necesitadas de ordenación. También en las tasas locales se encuentran numerosos ejemplos de mala práctica tributaria.
P.: ¿Qué cambiaría de los impuestos autonómicos? ¿Habría que unificar criterios para que no haya tantas diferencias de tributación entre CCAA? ¿Es posible hacerlo?
R.: Desde luego, aunque no es propiamente autonómico, suprimiría el Impuesto sobre el Patrimonio, una figura anacrónica e inédita en el ámbito internacional, que grava por segunda vez la renta ahorrada. La unificación que dice usted tendría ventajas en términos de seguridad jurídica y de evitación de una competencia fiscal excesiva, pero una homogeneización que limite en exceso las competencias tributarias autonómicas es indeseable. En todo caso, si se plantea, la unificación habría de incluir a todas las CCAA, también las forales, y orientarse hacia la situación de aquellas donde la tributación ha demostrado ser más favorable al crecimiento y al empleo, y no al aumento de la recaudación para un gasto estéril.
P.: ¿Sería conveniente actualizar los valores catastrales a los precios de mercado?
R.: No parece adecuado. En primer lugar, porque el precio de mercado es un concepto ciertamente de difícil determinación. Y además porque de los valores catastrales dependen tributos como el IBI o el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal), salvo que se cambiara la forma de tributar por ellos. En la fiscalidad local existen otro tipo de urgencias, como poner fin a las controversias suscitadas con la inconstitucionalidad del IVTNU.
P.:¿Quién debe asumir el coste de la devolución de la plusvalía municipal tras la sentencia del Constitucional?
R.: Entiendo que es una cuestión de importante contenido presupuestario y político, que debe valorarse desde ese nivel. En todo caso, la devolución de los excesos de tributación en aquellos municipios que hayan elevado especialmente los tipos del impuesto deberían asumirla esos mismos municipios.
P.: ¿Es posible que no esté resuelto el tema de las sociedades pantalla tras los reiterados casos de fraude en artistas, deportistas, periodistas….?
R.: Las que usted llama ‘sociedades pantalla’ hay que analizarlas caso por caso, revisando los medios materiales y humanos de que disponen, los salarios u honorarios profesionales que pagan a sus socios, las ventajas en términos de imagen o limitación de responsabilidad que aportan o los dividendos que reparten, porque ese reparto eleva la tributación efectiva. Una solución a la cuestión vendría por la aproximación de tipos en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades, porque la finalidad última de esas sociedades, cuando son instrumentales, es remansar en ellas beneficios que han tributado a tipo inferior a los del IRPF.
P.: ¿Es el IBI un impuesto justo? ¿No está gravado ese mismo hecho imponible por otros impuestos?
R.: El IBI, al girarse sobre valores catastrales que raramente disminuyen, ha mantenido su recaudación en torno a los 10.000 millones de euros incluso durante la crisis pasada, lo que no parece razonable. Es cierto que la vivienda puede considerarse hasta cierto punto maltratada en España, cuando es el principal activo de muchas familias españolas. A su compra se paga el IVA o el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Luego su tenencia conlleva el pago del IBI y en algunas Comunidades del Impuesto sobre el Patrimonio. Se grava también en el IRPF por imputación de rentas teóricas cuando se trata de segunda vivienda no arrendada. Y si se vende se tributa por IRPF y por plusvalía municipal.
P.: ¿Cree que las autoridades se toman en serio la lucha contra el fraude fiscal?
R.: Seguro que sí se la toman en serio. Por ejemplo, mediante una cada vez más intensa explotación de la información tributaria nacional e internacional de que disponen. Cosa distinta es que el modelo que se sigue aplicando para luchar contra el fraude esté obsoleto en alguno de sus aspectos. Por ejemplo, faltan políticas de prevención del fraude, como las de cumplimiento cooperativo en comunicación con las empresas, estrategia ya verificada con éxito en otros países. Es el cumplimiento tributario preorientado por la Administración en escenarios complejos y por ello inciertos, como los de reestructuraciones empresariales. Falta también educación tributaria en los colegios. Además, los funcionarios de la Administración tributaria, que en España tienen una importante cualificación, se ven constreñidos por unos objetivos recaudatorios que pesan demasiado en su día a día. Quizá por ello, algunas actuaciones administrativas se encuentran faltas de proporcionalidad.
Fuente: Invertia