Salvador Ruiz analiza en el VIII Workshop de Fiscalidad Internacional 2022 las rentas obtenidas por los trabajadores internacionales y el teletrabajo

30 de noviembre de 2022

Madrid, 22 de noviembre de 2022. Salvador Ruiz Gallud, socio director del Área Fiscal de Equipo Económico, ha intervenido hoy como ponente en la tercera sesión del VIII Workshop de Fiscalidad Internacional 2022 organizado por Thomson Reuters Aranzadi, para exponer su visión sobre “El tratamiento fiscal de la renta obtenida por trabajadores internacionales y el trabajo en remoto”.

Ha comenzado su intervención repasando los requisitos exigidos en la Ley del IRPF para poder aplicar la exención regulada en el artículo 7.p) por los rendimientos del trabajo obtenidos por el trabajo efectivamente desempeñado en el extranjero, y comentando las sentencias más recientes del Tribunal Supremo sobre la posibilidad de aplicar esta exención por parte de administradores y consejeros de compañías por sus funciones ejecutivas.

El ponente ha continuado comentando cuándo las personas físicas no residentes en territorio español están sujetas a tributación en España por los rendimientos del trabajo obtenidos en nuestro país (lo que ocurre cuando el trabajo se desempeña efectivamente en España), enlazando la cuestión con el análisis de la potestad tributaria de una jurisdicción sobre las rentas del trabajo de acuerdo con el artículo 15 del Modelo de Convenio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (MCOCDE) de 2017, y sus comentarios.

Posteriormente, Salvador Ruiz Gallud ha hecho hincapié en el teletrabajo internacional, revisando cómo tributan en España las personas físicas residentes en territorio español que teletrabajan para empresas extranjeras, así como las no residentes que lo hacen para empresas situadas en España; para cada caso debe revisarse la posibilidad de aprovechar la exención antes referida del art. 7.p de la Ley del IRPF, así como la potestad del Estado en su caso visitado de gravar las correspondientes rentas. Además, ha comentado las Propuestas contenidas en el “Libro Blanco sobre la reforma tributaria” relativas al teletrabajo, que recomiendan que se debe replantear la tributación en estos casos para que el país de la fuente de la renta pueda exigir tributación. Propuestas con las que el ponente ha mostrado sus diferencias puesto que España es en general un país receptor de personas que teletrabajan, no un país que traslada al extranjero a sus teletrabajadores, por lo que la Hacienda española podría perder recaudación.

Igualmente ha analizado el régimen español de trabajadores “impatriados”, comentando la reforma contenida en el Proyecto de Ley del Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes al respecto, que a su juicio mejora en alguna medida nuestra competitividad respecto de los regímenes de impatriados de países de nuestro entorno. Este bloque lo ha cerrado analizando el contenido de esos regímenes de inward expatriates de Bélgica, Dinamarca, Grecia, Portugal, Italia, Irlanda y Reino Unido.

Salvador Ruiz ha finalizado su intervención explicando de manera sucinta en qué ocasiones se podría llegar a considerar que un trabajador desplazado a otro territorio constituye un establecimiento permanente de la entidad para la que desarrolla el trabajo, de acuerdo con los últimos comentarios del MCOCDE y con el Instrumento Multilateral.

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