Tribuna de Jesús Quintas en El Economista sobre el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

El Economista

13 de junio de 2017

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Estados Unidos es un país con algunas peculiaridades. Por ejemplo, mantiene la misma norma básica (IRC) para los impuestos federales (principalmente, los impuestos
sobre la renta y sobre las sucesiones y donaciones) desde 1939; desde entonces, las modificaciones más significativas han sido las de 1954 y 1986. Esto no quiere decir que no haya habido reformas menores y, en cualquier caso, los debates sobre reformas fiscales son una constante no sólo en los ámbitos académicos, sino en la sociedad americana en general.

Uno de ellos tuvo lugar hace unos años, en torno a la supresión de la tributación de las herencias (ISD). Lo curioso es que los que más se opusieron a ella, con éxito, fueron las grandes fortunas empresariales, Bill Gates entre ellos. Lo curioso es que, bajando a los dólares, los defensores de la supresión del ISD proponían cubrir la pérdida recaudatoria incrementando la tributación de los beneficios empresariales. Es decir, a las grandes fortunas empresariales les interesaba más pagar menos sobre los beneficios actuales, aun a costa de pagar en el futuro por el ISD. ¿O tal vez el futuro pago del ISD en realidad no les preocupaba tanto?

En estos días, ha surgido en España un debate sobre el futuro del ISD, que parece quedar reducido a dos posturas opuestas: la supresión o la armonización y tengo motivos para desconfiar de la sinceridad de unos y de otros en sus argumentos. Mi impresión es que el debate tiene más que ver con lo que se viene denominando “competencia fiscal” entre las distintas comunidades autónomas que con la búsqueda de un sistema tributario más justo y menos discriminatorio.

En mi opinión, el actual ISD resulta hiperprogresivo, causante de serias distorsiones y poco ajustado a las actuales situaciones y relaciones de convivencia:

La progresividad de los tipos resulta totalmente desproporcionada y desacompasada con lo ocurrido en el Impuesto sobre la Renta (IRPF). Así, frente a los 5 tramos del IRPF, el ISD mantiene 16 tramos, con un tipo mínimo del 7,65 por ciento y un máximo del 34 por ciento, para ascendientes y descendientes directos. Contradiciendo la fábula de la cigarra y la hormiga, el heredero ahorrador (hormiga) se ve penalizado con un recargo del 20 por ciento respecto del derrochador (cigarra), por su mayor patrimonio previo, por lo que, en ascendientes y descendientes directos, el tipo máximo de la hormiga es del 40,8 por ciento, pero el de la cigarra se mantiene en el 34 por ciento.

Los herederos no directos (hermanos, sobrinos, primos, etc.) se ven penalizados con un recargo que llega a ser del 140 por ciento, de forma que el tipo máximo puede alcanzar el 81,6 por ciento.

La valoración de los bienes resulta poco objetiva y es discriminatoria según el tipo de bienes, recayendo con más fuerza sobre los inmuebles y activos cotizados.

Las bonificaciones actuales tienen como efecto indirecto una erosión de las bases futuras del IRPF, al favorecer valoraciones excesivas. Supone una doble imposición del ahorro, al menos en la parte correspondiente al coste original de los bienes para el testador. La consideración del grado de parentesco no es indicativa de capacidad económica y, además, introduce distorsiones y complejidades innecesarias, teniendo en cuenta la gran diversidad y variabilidad de las relaciones de convivencia
en la actualidad. El pago del ISD da lugar en no pocos casos a agravar la resolución de los conflictos sucesorios y/o a la venta forzada y a menor precio de los bienes heredados, llegándose a situaciones de renuncia o abandono de herencias, que suelen afectar especialmente a los contribuyentes de menor nivel económico.

Volviendo al debate actual, conviene recordar que la “supresión del ISD” no es realmente tal, sino una bonificación de hasta el 100 por cien, limitada a parientes directos, no afectando a los restantes casos. Y la propuesta del “tipo mínimo armonizado”, creo que no sólo mantiene los defectos estructurales señalados, sino que busca satisfacer a las comunidades autónomas con una política fiscal menos equilibrada.

La recaudación actual del ISD es de unos 3.000 millones de euros. Su supresión se compensaría incrementando un punto los tipos del IRPF. Así que ésta es mi propuesta: supresión del ISD mediante su inclusión en el IRPF: el heredero mantendría el coste del testador, tributando por la ganancia patrimonial cuando se produzca la transmisión. De esta forma, de verdad podrían heredar tanto pobres como ricos y como los que no somos ni una cosa ni la otra.

Fuente: El Economista

 

JesúsQuintas
Senior Counsellor de Equipo Económico

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