📍 El Tribunal Supremo establece que la derivación de responsabilidad subsidiaria del artículo 43.1.a) LGT tiene naturaleza sancionadora. En consecuencia, deben respetarse las garantías que amparan al responsable, en particular la presunción de inocencia y la carga de la prueba, que recae sobre la Administración. No cabe imponer responsabilidad de forma automática por la mera condición de administrador mercantil, pues ello implicaría una responsabilidad objetiva, prohibida por el ordenamiento. Esta sentencia refuerza las garantías del procedimiento y ratifica la doctrina sentada en la STS 729/2023, de 5 de junio.



